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La Seguridad Social ha establecido un nuevo sistema de liquidación de cuotas sociales (también llamado Proyecto Creta o Sistema de Liquidación Directa), que sustituirá a la tradicional autoliquidación que tienen que hacer ahora las empresas por sus trabajadores, de acuerdo con la nueva Ley de Medidas en materia de Liquidación e ingreso de las cuotas de la Seguridad Social. Hasta ahora, eran las empresas las que se autoliquidaban, pero a partir del año 2015 la Seguridad Social empezará a emitir mensualmente un borrador de liquidación que la empresa deberá confirmar.
Este nuevo sistema consistirá en que la TGSS efectuará directamente el cálculo individualizado de la cotización correspondiente a cada trabajador, en función de la información en su poder y la que deba proporcionar la empresa.
¿A quién afecta?
A las empresas y empresarios, que son los obligados por ley a pagar las cotizaciones sociales suyas y las de sus trabajadores (a los que retienen después esa cantidad al hacerles efectiva la nómina).
¿Cómo se gestiona el nuevo Sistema de Liquidación Directa?
A través del actual Sistema RED, un medio telemático de transmisión de datos, ya consolidado entre empresas y profesionales en sus relaciones con la Seguridad Social.
¿Qué cambia respecto al anterior sistema?
Hasta ahora, la empresa transmitía la liquidación de sus cotizaciones a través del sistema RED y las pagaba. La Seguridad Social sólo podía reclamar a posteriori si detectaba algún error o irregularidad. A partir de ahora, la TGSS realizará un cálculo individualizado de la cotización correspondiente a cada trabajador, elaborado en función de la información que ya obra en su poder y de la que le facilite los empresarios a quienes remitirá este cálculo para su liquidación.
¿Qué ventajas aporta?
– Facilita y simplifica la cotización a la Seguridad Social.
– Aumenta la seguridad de las empresas al ser la TGSS la que conoce y aplica las reglas de cotización de cada momento.
– Reducir costes para la Seguridad Social, optimizando sus recursos humanos y económicos.
– Los trabajadores y los usuarios del sistema de liquidación directa disponen de nuevos servicios que proporcionan mayor detalle sobre la cotización.
– La TGSS presta su atención íntegramente por canales electrónicos.
¿Cómo se inicia el procedimiento?
El empresario debe solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), entre los días primero y penúltimo natural del plazo reglamentario de ingreso, el cálculo de la liquidación de sus trabajadores.
¿Cuándo facturará la TGSS?
La TGSS facturará de oficio los días 24 y 28 del plazo reglamentario de ingreso y diariamente a partir de este día y hasta el penúltimo día natural de dicho plazo. No obstante, la TGSS podrá facturar en cualquier momento anterior si así lo pide el empresario.
¿Con qué información se emite la factura?
La TGSS emite la factura en función de la información que conste en sus bases de datos, de la que obre en poder de otros organismos y de aquélla que deba aportar el empresario.
¿Qué tipo de información necesita enviar la empresa a la TGSS?
La no disponible en las bases de datos: bases de cotización, horas extras, etc.
¿Cómo se enterará el empresario del proceso de facturación antes de las fechas indicadas?
La TGSS emite un borrador previo de factura para su confirmación por parte de la empresa. Si falta información para realizar el cálculo lo comunicará al empresario para que regularice la situación.
¿Cómo podrá ingresar el empresario la factura?
Está previsto que el empresario ingrese la factura de manera no presencial, a través de cargo en cuenta o pago electrónico. Además, desaparecen los boletines de cotización.
¿Qué buenas prácticas debe seguir el empresario para que el proceso de facturación sea exitoso?
– Comprobar la información de los trabajadores para que sea coherente con la información de que dispone la TGSS.
– Solicitar los primeros días del mes la factura con el objetivo de disponer de más tiempo para subsanar las posibles discrepancias que pudieran darse.
– Comunicar, en plazo, los datos nuevos o las variaciones de los que constan en la TGSS.
¿Podrán realizarse todos los trámites vía telemática?
Sí, ésa es la finalidad del sistema de liquidación directa.
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